AN busca proteger a trabajadores a domicilio

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Con el propósito de «garantizar derechos laborales», la Asamblea Nacional (AN) en su sesión ordinaria de este jueves 17 de noviembre aprobó la Ley Especial de Trabajadoras y Trabajadores a Domicilio.

El instrumento legal, que contiene 18 artículos y una disposición final, se redactó con la participación del Poder Ejecutivo y el Poder Popular, quienes dieron sus aportes para enriquecer la norma, según el portal de la Asamblea Nacional de Venezuela.

El presidente del Poder Legislativo, Jorge Rodríguez, explicó que esta nueva ley busca garantizar una vida productiva y gratificante a estos trabajadores y a sus familiares.

Asimismo, busca disminuir la brecha de desigualdad entre los trabajadores y proteger a aquellas personas que reciben ingresos que no están acordes con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt).

Entre sus artículos:

Este nuevo instrumento legal se propone reconocer la labor desde el domicilio, como un hecho social de actividad económica con valor agregado.

Asimismo, busca garantizar el disfrute de la productividad y desarrollo de capacidades de los trabajadores.

También, plantea que el contrato de estos trabajadores deberá tener inventario de medios de trabajo como equipos tecnológicos y herramientas que incluyen elementos como muebles.

Por otra parte, contempla gastos directos e indirectos del trabajador por concepto de servicios básicos como agua, electricidad, internet, aseo, entre otros.

Otro de los artículos, destaca que cada trabajador deberá tener un contrato de trabajo, en el que se establecerá el horario y lugar de trabajo en conformidad con la ley laboral vigente.

El diputado Oliver Rivas informó que el proyecto forma parte de las diez leyes relacionadas a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) que la AN se comprometió a aprobar este 2022.

La ley fue remitida al Ejecutivo Nacional para su promulgación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 213 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

¿Qué es un trabajador a domicilio?

El artículo 209 de la LOTTT, define al trabajador a domicilio, como toda persona que en su hogar o lugar donde habita realiza un trabajo remunerado, con o sin ayuda de sus familiares, bajo la dependencia de uno o varios patronos, sin que estos lo supervisen directamente, utilizando para el trabajo a realizar, sus propios instrumentos o los suministrados por el patrono.