Cientos de migrantes ha sido detenidos en varios puntos de control de la frontera entre México y Estados Unidos. Los migrantes asumen de manera errónea que el fin de la vigencia del Título 42 significa un respiro.
Por lo contrario, el fin del Título 42 significa una complicación mayor. Con la entrada en vigencia del Título 8 a partir de este 12 de mayo, Estados Unidos puede deportar con más celeridad a los migrantes.
La normativa no es nueva, pues es parte de una política de Estado del Gobierno de Estados Unidos que fue cesada con la entrada en vigencia del Título 42 para responder ante los embates de la COVID-19.
El ahora reactivado Título 8 le otorga potestad a Estados Unidos para expulsar con mayor celeridad a los migrantes indocumentados. Esta vez, ya no solo se sustenta en el argumento preventivo sanitario como la hacía con el Título 42.
Título 8: expulsión o asilo al final de un proceso complejo
Ahora, impone mayor dureza a las medidas. El Título 8 permite la expulsión del migrante indocumentado y conlleva una prohibición absoluta de un nuevo intento de ingreso por la vía ilegal. En caso que el indocumentado lo intente de nuevo y es capturado, podrá enfrentar cargos penales en su contra. Incluso podrá ir a la cárcel.
Otra de las medidas que puede aplicar Estados Unidos con la reactivación del Título 8 es la prohibición de ingresar al país por cinco años al indocumentado.
Con el Título 8, Estado Unidos permite al indocumentado pedir asilo, pero existe una condición restrictiva: el solicitante del asilo debe comprobar mediante documentos que también lo solicitó en todos los países por los cuales transitó.
Solo en caso de que los países de tránsito no le hayan aprobado el asilo, Estados Unidos podrá otorgar tal medida.
La Patrulla Fronteriza detuvo este jueves 11 de mayo a cientos de migrantes que se agolpaban en al menos dos puertas de la valla fronteriza entre México y Estados Unidos.
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