Normativa sobre propaganda electoral enfatiza cuidados por la COVID-19

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Normativa propaganda electoral
Referencial/Foto: Radio Fe y Alegría Noticias

El instrumento normativo de las elecciones municipales y regionales ya fue aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

De acuerdo con la normativa aprobada y difundida este miércoles, la campaña electoral «inicia a partir de las 6:00 de la mañana del 28 de octubre y concluye a las 12:00 de la noche del 18 de noviembre de 2021».

La normativa hace mención especial de la obligación los candidatos y sus seguidores de apegarse a las «disposiciones administrativas previstas para la lucha contra la pandemia por COVID-19». Está exigencia es exclusiva para las reuniones de personas en el marco de la campaña electoral.

Tiempo y espacio máximo de contratación de medios

En el caso de las televisoras en señal abierta nacional o regional, estas pueden ser contratadas para la difusión de mensajes. No obstante, restringe su uso máximo a tres minutos por día, no acumulable.

Para la estaciones de radio, el tiempo máximo de difusión de mensaje por candidato es de cuatro minutos diarios, no acumulable.

El tiempo estipulado tanto para la televisión como la radio, corresponde al tiempo máximo por prestador. Así, el candidato podrá contratar los servicios de varios medios hasta tres minutos al día por prestador de servicio.

Los periódicos o tabloides pueden ser contratados para las siguientes directrices:

  • Propaganda en periódicos de circulación nacional, regional o local hasta media página diaria en los medios impresos de tamaño estándar.
  • Hasta una página diaria no acumulable en tabloide.