¿Por qué debería derogarse la providencia sobre las ONG?

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Foto: referencial.

El jueves 06 de mayo se dio a conocer que la providencia 002-2021 del 29 de abril de 2021 fue publicada en Gaceta Oficial 42.118 del 3 de mayo, sobre las organizaciones de la sociedad civil en Venezuela.

A juicio de Marianna Romero, abogada, coordinadora académica del Centro de Derechos Humanos de la UCAB (CDH-UCAB), dicha providencia se debe derogar porque es un nuevo mecanismo para intentar controlar a las organizaciones de derechos humanos y a la sociedad civil, «en el marco de una política de criminalización que el Estado ha venido ejerciendo desde hace varios años».

«No se trata de que el Estado quiera controlar, desde un espíritu positivo para tratar de velar y garantizar que efectivamente se combata situaciones de delincuencia organizada o financiamiento al terrorismo, por el contrario, este instrumento pretende por un lado precalificar a las organizaciones de la sociedad civil de terroristas, también regular en materia de derechos humanos a través de un instrumento de carácter sublegal dentro de una lógica del enemigo interno, que se ha venido implementando desde hace varios años donde las organizaciones que están en la primera línea de acción son catalogadas de enemigas», expresó Romero a Radio Fe y Alegría Noticias.

Asimismo indicó que esta providencia tendría como objetivo obstaculizar, limitar, e incluso facilitar la posibilidad de la ilegalización de las organizaciones de la sociedad civil, «entendiendo la cooperación, no solo como actividades asociadas a temas de recursos, sino también actividades en el marco de asistencia técnica con otras organizaciones internacionales u otros organismos».

Añadió que dentro de lo que exige dicho instrumento legal está el suministro de información de socios y aliados, con los cuales trabajan las organizaciones.

En ese sentido Romero recordó que esta providencia se promulgó en el marco de unos «constantes discursos por parte de funcionarios del Estado donde calificaron a las organizaciones de enemigos, de desestabilizadores, injerencistas, terroristas, entre otros».

Afirmó que este nuevo instrumento normativo no debe verse de forma aislada, pues considera que otros mecanismos están estrechamente vinculados a la providencia, como la Ley Contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo del año 2012, «en la se empezaba a establecer mecanismos para la posibilidad de fiscalización, control y seguimiento al trabajo de las organizaciones».