“La Constitución sirve para todo”, José Tadeo Monagas.
El mariscal Pétain, quien de héroe de guerra termino en traidor, al entregar a Francia y pactar con la Alemania invasora; fue condenado a muerte por traición a la patria, pero nunca a ningún exacerbado ultra patriota francés, se le ocurrió la ignominiosa idea de proponer reformar la constitución de la Francia victoriosa y libre (1946) para quitarle la nacionalidad al héroe de Verdu, traidor en Vichy.
La nacionalidad como concepto, lleva implícito el vínculo entre el Estado y el individuo; mejor dicho el ciudadano con plenos deberes y derechos. Considerando que el concepto de nacionalidad se transversaliza entre el derecho interno, el derecho internacional privado y el Ius Gentium, la mejor referencia a esta conceptualización se encuentra en un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (CIDH) al encerrar las principales características de este derecho intrínseco al ser humano. La Corte definió la nacionalidad como: «el vínculo jurídico que liga a una persona con un Estado determinado por medio del cual se obliga con él con relaciones de lealtad y fidelidad y se hace acreedor a su protección”. Advierte al mismo tiempo, sobre la relación que existe entre el individuo (ciudadano) y el Estado y no precisamente con el gobierno”. Esta opinión de la Corte sobre el respeto y supremacía de los DD.HH, la recoge recientemente el Presidente de Chile Gabriel Boric cuando dice “No sabe el dictador que la patria se lleva en el corazón y en los actos, y no se priva por decreto”
El proponer retirar la nacionalidad a un “citoyens” atenta contra el primer himno a la libertad, la inmortal “Marsellesa; a la primera revolución(1789); a los derechos humanos violentados en la tenebrosa cárcel parisina de la Bastilla. Los derechos humanos se han convertido en un derecho universal e imprescriptible. Bolívar el genio del Chimborazo, con el Tratado de Armisticio y Regularización de la Guerra, considerado el principal antecedente del Derecho Internacional Humanitario cuyo fin definitivo es la protección del combatiente; funda las bases de los derechos humanos en la actualidad, al ser estos, el fin último del derecho humanitario; el hombre en términos genéricos no discriminatorios.
Luego de la Segunda Guerra Mundial durante la IX Conferencia Internacional Americana, se firma en Bogotá, Colombia en mayo de 1948, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la cual establece en su artículo 19 que: toda persona tiene derecho a la nacionalidad que legalmente le corresponda.
Meses después, en el seno de las NN.UU se reafirman con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las NN.UU en Paris en diciembre de 1948.
Dentro del ámbito europeo se globaliza la universalidad del respeto a los derechos humanos, se encuentra en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Niza 2000; instrumento moderno y completo de la legislación de la UE que protege y promueve los derechos y libertades de las personas a la luz de los cambios en la sociedad, el progreso social y los avances científicos y tecnológicos.
Es así que los derechos humanos conforman hoy un sistema global para su protección, integrado aproximadamente por más de veinte instrumentos de los cuales dieciocho han sido firmados y ratificados por Venezuela, independientemente de los gobiernos de turno. La propuesta de dejar apátrida a Maria Corina Machado y Cía pudiera considerarse una forma de hacerse notar y llamar la atención por sus proponentes, pero al final, si se aprueba, el responsable será el Estado.
El desconocimiento a los acuerdos internacionales como la Declaración Presidencial sobre el Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia, acordado en Santafé de Bogotá, el 7 de agosto de 1998, suscrito por los cancilleres andinos el 10 de junio del 2000; el protocolo para la defensa de los derechos humanos del Mercosur o de la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos suscrita por el expresidente Hugo Chávez durante el Consejo Presidencial Andino en Guayaquil, el 26 de julio, 2002, no excusan ni eximen del incumplimiento de los principios universales contenidos en los tratados y acuerdos internacionales en materia de Derechos Humanos, con el riesgo de acarrear al Estado infractor la responsabilidad internacional.
La propuesta de una reforma de la Constitución para crear una nueva diáspora de venezolanos apátridas, recuerda la triste frase de José Tadeo Monagas: “La Constitución sirve para todo”, reforzada por la altanería del traidor Pedro Carujo, cuando le enrostro al presidente Vargas “el mundo es de los valientes”, a lo cual respondió el sabio presidente, Carujo, “El mundo es del hombre justo”.
Ante la insólita propuesta solo basta responder parafraseando el versículo de Lucas 23, 34 “Padre, perdónalos, porque no saben lo que hacen, ni lo que dicen”.
Gerson Revanales es internacionalista y profesor universitario. @grevanales
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