TSJ declara nulas las acciones de la AN para derogar decreto de emergencia económica

32
Foto: VTV

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.194 de fecha 4 de mayo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial N.º 6.534 Extraordinario, mediante el cual el presidente de la República, Nicolás Maduro, declaró el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el territorio nacional.

La decisión del máximo tribunal también incluye la ponencia del presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, que declara nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto mediante el cual la Asamblea Nacional, calificada en desacato por el ejecutivo, pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción.

En ese sentido, reiteró que resultan manifiestamente inconstitucionales, y por ende absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Máximo Tribunal de la República.  

Tras la publicación de este nuevo decreto de emergencia económica y estado de excepción por parte del presidente de la república Nicolás Maduro, desde la AN que preside Juan Guaidó se expuso que tal decreto era inconstitucional porque venía dictándose de manera arbitraria desde el año 2016.

Los asambleístas alegan que pese a esa reiteración «inconstitucional» por parte del gobierno la crisis económica y social se ha agravado por «la incapacidad para resolver los grandes problemas del país».

El gobierno nacional utiliza este nuevo instrumento legal, ahora validado nuevamente por el TSJ, para justificar la declaratoria de un nuevo estado de alarma nacional para contemplar decisiones en torno al combate de la pandemia que también afecta al país.

Vale recordar que en la CRBV solo está contemplada una sola prórroga por 30 días más para mantener la declaratoria del estado de alarma. En ese sentido, el mandatario no podía emitir una nueva extensión por un mes adicional al cumplirse los primeros 60 días de cuarentena.

Es por esto que recurre a la promulgación de un nuevo decreto de excepcionalidad económica y de emergencia nacional.