La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decretó una medida cautelar de tutela constitucional y ordenó la suspensión inmediata de la junta directiva del partido político Movimiento Primero Justicia.
De acuerdo con la sentencia N° 0072-2020, se nombra una junta directiva Ad Hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración presidida por el ciudadano José Dionisio Brito como coordinador nacional.
La junta directiva Ad Joc estará conformada por un coordinador nacional adjunto, un secretario general, un secretario general adjunto y un secretario de organización, que cumplan las funciones directivas y de representación del Movimiento Primero Justicia.
Tras esta medida, Julio Borges y Henrique Capriles Radonsky quedan marginados de la dirección nacional de Primero Justicia.
De acuerdo con el fallo del TSJ, la junta Ad Joc tiene potestad designar las juntas regionales.
Además está facultada para hacer uso de la tarjeta electoral, logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de la señalada organización con fines políticos.
La sentencia agrega que quedan suspendidos de manera provisional los actos de expulsión o exclusión partidista, suspensión, entre otros, contra sus militantes y, específicamente, los que recaen sobre los ciudadanos accionantes.
En el presente caso, la Sala Constitucional se declaró competente y admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos José Dionisio Brito y Conrado Pérez Linares.