Busetas discapacitadas

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Foto: Archivo.

Son las 8 de la mañana y con mí bastón de rastreo intento guiarme para llegar a la parada de las camionetas de Charallave, en el terminal de Ocumare del Tuy estado Miranda. Los pozos de aguas, gritos y empujones, motos y carros avanzando en todas las direcciones me complican la orientación. Entonces escucho: “¡Charallave vacío, Charallave con puesto!”.

Me acerco y una miliciana que “brinda seguridad en la parada” me dice: “Párate aquí para que esperes, ¡ya la tercera edad está completa!”. Le digo que yo pagaré mi pasaje y el colector de la camioneta replica: “¡Aquí no van a subir más incapacitados; ya se montaron dos. Esto es un autobús para trabajar, no para cargar ciegos!”.

Le repito que yo siempre pago. Pero se mantiene firme en su argumento y no me permite ingresar. La miliciana le respalda diciendo: “espere la otra: ya en esa van dos de la tercera edad. Deje el fastidio”.

Algunos funcionarios de seguridad, por desconocimiento de las normativas o por falta de humanidad, maltratan a las personas de la tercera edad o con discapacidad en las paradas de las camionetas, con lo que violan los artículos 46 y 55 de la Constitución que señalan que toda persona tiene derecho a que se le respete moral y psíquicamente, y que toda fuerza pública tiene la obligación de brindar seguridad a todo ciudadano que lo requiera.

Con frecuencia, en los sistemas de transporte público del país se presentan fuertes discusiones entre trabajadores del medio y usuarios del servicio, debido al manejo inadecuado del pasaje preferencial estudiantil, exoneraciones al adulto mayor y personas con alguna discapacidad, situación que va en contra de los decretos presidenciales: recientemente el Gobierno nacional ratificó en medio pasaje el pago para los estudiantes, las personas de la tercera edad y con discapacidad. El artículo 39 de la Ley para Personas con Discapacidad establece que los individuos que posean una discapacidad están exentos del pago del pasaje en las rutas urbanas y cancelarán medio pasaje en las extraurbanas. No obstante, algunas personas con discapacidad desconocen su obligación legal y se niegan a la entrega del medio pasaje, argumentando erróneamente que la ley los exonera 100% en todos los transportes.

Estudiantes sin tickets

En 2016, el Gobierno eliminó los tickets estudiantiles con los que los estudiantes cancelaban su pasaje subsidiado y al final de mes los transportistas llevaban dichos boletos a Fontur y se les pagaba un 40% del pasaje cada tres meses. Al no existir el pase estudiantil, el pago fue eliminado y surgieron múltiples propuestas para sustituir los boletos; una idea fue colocar máquinas para cobrar al estudiante con tarjetas electrónicas. Varios transportistas de ciudades como Barquisimeto adquirieron dichas máquinas, las cuales funcionaron como un dispositivo para el cobro armónico de los pasajes estudiantiles, pero lamentablemente al dañarse tuvieron que ser desechadas por no tener repuestos.

En la actualidad no existe pasaje estudiantil con subsidio del Estado venezolano: son los conductores quienes financian la exoneración de los escolares, lo cual no todos los transportistas hacen y los más perjudicados son los niños en este contexto.

Es muy triste que haya niños de escuelas corriendo atrás de las camionetas para subirse, viajando en camiones, caminando largas distancias desde sus casas al plantel por no tener dinero para cubrir el costo de los pasajes completos o por la falta de unidades en las rutas.

Unidades en crisis

En Venezuela es normal subir a una camioneta y descubrir que los asientos están rotos parcial o totalmente, que huela a combustible, piso y vidrios dañados. Dichas camionetas, en su mayoría tienen más de 25 años en circulación y la mala condición de las carreteras en Venezuela agrava el deterioro de los carros.

Además los altos costos de mantenimiento también afectan a los choferes; por ejemplo, al transportista que se le daña el motor del carro, quiebra por no poder cubrir los gastos de reparación. El Gobierno les vende a los transportistas a precios más accesibles: baterías, aceite, y cauchos, pero no siempre las ventas concedidas cubren la demanda.

Contra la Constitución

Lo antes expuesto va en contra de los Artículos 19, 20, 21, 78, 79, 80, 81, de la Constitución Nacional que establece: “En primer lugar; la garantía de los derechos humanos de forma plena, el desarrollo de la personalidad de forma autónoma, la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, la prohibición de la discriminación, la garantía a los niños, jóvenes, ancianos y personas con discapacidad de sus derechos y la equiparación de oportunidades”. Sin embargo, todo queda en papel y la deuda sigue vigente.

@moisesfquintero