Derechos humanos en estado de alarma

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Foto: archivo

Ante el estado de alarma, este martes la Alianza para la Educación en Derechos Humanos, ha organizado la conferencia virtual «DDHH en tiempos de medidas excepcionales por emergencia».

La actividad está prevista para las 4:00 de la tarde y el ponente será Alí Daniels, director de la organización no gubernamental Acceso a la Justicia.

El activista de derechos humanos explicó a Radio Fe y Alegría Noticias que la idea es conversar sobre el sentido de las medidas excepcionales por el decreto de estado de alarma.

Señaló, «el estado de alarma no significa que haya una derogación del estado de derecho o que los derechos de los ciudadanos han sido dejados sin efecto. La idea es explicar que el estado de alarma implica el respeto a los derechos humanos y un principio de proporcionalidad».

Indicó que el estado de alarma no da potestad a alcaldes y gobernadores de limitar derechos, como ha venido ocurriendo. Aseguró que esta es una potestad que debe estar reservada para el ejecutivo nacional.

Dijo que la idea de la conferencia es explicar lo que supone el estado de alarma, especialmente en medio de la crisis humanitaria compleja que vive Venezuela.

Añadió que el objetivo es aclarar que «no puede ser que el estado de alarma se convierta en otro medio de represión y un medio para callar a las personas. Estamos en una situación donde el estado de alarma tiene que servir para proteger a los ciudadanos.»

Cada autoridad ha asumido que el estado de alarma es lo que ella considera o estima

El abogado manifestó que el decreto de estado de alarma ha dado pie a situaciones de arbitrariedad absoluta.

Destacó que el estado de alarma lo que hizo fue restringir la libertad de tránsito. Sin embargo, no dijo quién, ni cuándo, ni cómo, podía regularlo.

A su juicio, esto ha generado que cada alcalde o gobernador asuma que el estado de alarma es él mismo considere.

Alí Daniels indicó que en esta situación hay alcaldes, como el de Chacao por ejemplo, que han generado limitaciones a la libertad de tránsito. Cuando en realidad «esa es competencia exclusiva del presidente de la república y no pueden los alcaldes o gobernadores estar regulándolo. Sino, limitarse a cumplir lo que desde el Poder Ejecutivo Nacional se diga al respecto».

Destacó que las limitaciones de acceso a la información no permiten que los ciudadanos puedan tener claridad sobre los alcances reales del decreto. Lo que deja a la ciudadanía en un estado de indefensión y abre la posibilidad de la vulneración de derechos humanos.

Para los detalles sobre cómo participar en la conferencia está disponible el correo [email protected] y en Twitter @alianzaedh.