Un grupo de expertos de las Naciones Unidas (ONU) analizó lo que hasta el jueves 19 de febrero era el proyecto de Ley de Amnistía general en Venezuela y que terminó siendo aprobado por unanimidad de los 277 diputados de la Asamblea Nacional (AN).
En sus consideraciones, el panel precisó que con la aplicación de justicia a través de esta ley y para que la reparación sea efectiva, es necesario que se reconozca explícitamente a todas las personas que habrían sido detenidas o procesadas arbitrariamente por ejercer sus derechos a la libertad de expresión, opinión, reunión, asociación e información, incluidos los defensores de los derechos humanos.
Un materia que tras casi una semana de ser sancionada e inmediatamente promulgada por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, sigue generando controversias, pues diferentes ONG de derechos humanos denunciaron que al menos unas 400 personas detenidas quedarían exceptuadas del alcance de la ley, entre ellos, oficiales militares y policiales, además de dirigentes políticos opositores, campesinos y extrabajadores.
Los especialistas en derechos humanos de la ONU también advirtieron que “quienes se vieron obligados a exiliarse debido a la persecución no se les debería exigir que regresen hasta que se determine claramente la aplicabilidad de la amnistía a sus casos”.
Y justamente, algunos de los excarcelados que acudieron este lunes 23 a los tribunales de Caracas para introducir sus solicitudes de sobreseimiento denunciaron que hubo un bloqueo operativo en los juzgados y no fueron recibidos pese al mandato expedito de la ley que establece que las personas beneficiadas pueden acudir personalmente a exigir el cierre de sus causas judiciales.
Los expertos de la ONU ambién destacaron en la exposición que, para garantizar el cumplimiento de las normas internacionales, el alcance de la ley debe limitarse a las personas que habrían sido víctimas de violaciones de derechos humanos y excluir expresamente a los acusados de violaciones graves de los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, incluidos los actores estatales, paramilitares y no estatales.
“Las víctimas y la sociedad civil deben poder ejercer la supervisión efectiva del proceso de amnistía para garantizar el cumplimiento de las normas internacionales y evitar cualquier instrumentalización o aplicación indebida de la ley”, afirmaron los expertos.
Una ley para la justicia transicional
Por otra parte, abogaron porque la ley sea “un proceso integral de justicia transicional que incluya la búsqueda de la verdad, la rendición de cuentas y la reparación por las graves violaciones de los derechos humanos sufridas durante décadas”, a la par de que “el proceso también debe incluir reformas institucionales y jurídicas dirigidas a desmantelar el aparato que permitió esas violaciones, incluido el marco jurídico utilizado para perseguir la disidencia, y a impedir de manera efectiva que se repitan”.
En este último punto, sobre la reforma del sistema judicial, varios defensores de derechos humanos y abogados de excarcelados alertaron que una de las deficiencias de la ley de amnistía es que se mantienen operando los mismos fiscales y jueces que sometieron a privativas de libertad a más de dos mil personas en los últimos dos años, por lo que consideran que se pone en entredicho la imparcialidad de dichos funcionarios.
¿Cuántas liberaciones van?
La ONG Foro Penal informó que hasta la tarde de este martes 24 de febrero han podido verificar que se habrían producido 91 liberaciones plenas de personas detenidas que forman parte de este proceso, entre ellas las de 11 cadetes de la Academia Militar del Ejército y varios dirigentes políticos como Nelson Piñero que pasó dos años detenido y que incluso hace un año había sido condenado a 15 años de cárcel.
Los expertos firmantes de estas observaciones son:
- Bernard Duhaime, del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
- Irene Khan, Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión.
- Gina Romero, del Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación.
- Mary Lawlor, del Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos.
- Gabriella Citroni, del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
- Margaret Satterthwaite, Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados.
- Ben Saul, Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo.
La ONU aclaró que los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria: no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo.
Aunque la Oficina de Derechos Humanos de las ONU actúa como secretaría de los Procedimientos Especiales, los expertos actúan a título individual y son independientes de cualquier gobierno u organización, por lo que cualquier punto de vista u opinión presentado son exclusivamente de los autores y no representan necesariamente los de la ONU o de la OACNUDH.
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