¿Hay vicios en la inhabilitación de Machado?

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Inhabilitaciones
Foto: Cortesía

La organización no gubernamental Acceso a la Justicia compartió recientemente una publicación de julio de 2023 donde analizó el caso de la inhabilitación de María Corina Machado y determinó múltiples irregularidades en el proceso.

Según la legislación, la Contraloría General de la República (CGR) solo tiene jurisdicción sobre funcionarios públicos o entidades que manejen fondos públicos. Sin embargo, la CGR alega que la medida se basa en un expediente abierto en 2015, lo cual, según Acceso a la Justicia, viola la prescripción de cinco años establecida por la ley.

María Corina Machado, fundadora de Vente Venezuela que no puede ejercer cargos públicos durante 15 años, asegura no haber sido notificada ni tener la oportunidad de defenderse, lo cual contraviene el derecho al debido proceso según la Constitución. 

Los cinco vicios que cuestiona Acceso a la Justicia

1. Falso supuesto de hecho: Acceso a la Justicia destacó que Machado no es funcionaria pública porque no ocupa ningún cargo estatal y no administra fondos públicos. La Ley Orgánica de la Contraloría limita su jurisdicción a quienes trabajan en organismos y entidades del Poder Público, universidades, institutos autónomos, entre otros, excluyendo a particulares no vinculados directamente al Estado.

2. Fuera del lapso: la CGR sostiene que el proceso contra Machado se basa en investigaciones continuas desde 2015. Sin embargo, la Ley Orgánica de la Contraloría establece un lapso de prescripción de cinco años para acciones administrativas sancionatorias, lo cual plantea dudas sobre la validez temporal del expediente.

3. Sin derecho a la defensa: María Corina Machado alega no haber sido notificada ni haber tenido la oportunidad de presentar alegatos en su defensa. Esta falta de notificación y la negación del derecho a la defensa violentan el artículo 49 de la Constitución, que garantiza el debido proceso.

4. Doble sanción: la CGR basa la inhabilitación en un expediente de 2015, lo cual podría constituir una doble sanción por los mismos hechos, contraviniendo el numeral 7 del artículo 49 constitucional.

5. Sin facultad para inhabilitar: la aplicación del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría, que otorga la facultad al Contralor General para imponer inhabilitaciones, es cuestionada por Acceso a la Justicia, puesto que la medida de inhabilitación se aleja de las disposiciones constitucionales que exigen una sentencia judicial firme para suspender derechos políticos.

Dudas sobre la transparencia y confiabilidad 

La medida contra María Corina Machado se suma a otras inhabilitaciones aplicadas por el Gobierno, generando inquietudes sobre la transparencia y confiabilidad de las elecciones presidenciales de 2024. 

“La acción contra la exdiputada siembra dudas sobre la transparencia y confiabilidad de las próximas elecciones presidenciales”, expresó Acceso a la Justicia en la nota publicada el 10 de julio de 2023 y vuelven a compartir en enero de 2024.

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