¿Qué es un homicidio preterintencional?

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La Fiscalía acusa a dos funcionarios de la GNB destacados en la Dirección General de Contrainteligencia Militar por el delito de homicidio preterintencional concausal contra el Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo.

Lo que implica un homicidio preterintencional concausal y su interpretación en la jurisprudencia venezolana, muestra elementos cuestionables cuando se aplica al asesinato del militar a manos de los funcionarios del Dgcim, según explica el abogado Elvis Arbeláez, miembro del Colegio de Abogados del Estado Delta Amacuro.

El cargo de homicidio preterintencional concausal pesa sobre Ascanio Antonio Tarascio y Estiben José Zárate por el homicidio de Acosta Arévalo.

Arbeláez ha explicado que tal delito implica un asesinato sin intención de matar, por tanto, en el Código Penal venezolano se permite hasta 8 años de cárcel y es el menor tiempo que hay para los victimarios en casos de homicidio.

Hay otro elemento más “Concausal”

Este término alude a la comisión de un delito donde hay elementos circunstanciales fuera del control del victimario que pueden causar las consecuencias finales del daño, como lo que intenta hacer notar la Fiscalía en el caso del capitán de Corbeta.

Se trata de una acusación privilegiada a favor de los victimarios y una argumentación medida por parte de la Fiscalía para beneficiar a los funcionarios del Dgcim, que además pueden recibir medidas flexibles, incluso, pueden lograr su libertad en un tiempo menor de 8 años.

El experto en derecho considera «increíble» la tesis del homicidio sin intención de matar por la cantidad de golpes que pudo haber infringido los victimarios sobre Acosta: “si le dan 50, 60 o 100 golpes, es para matarlo”, argumentó el abogado.

Tercer elemento, “inexistencia del delito de tortura”

A los victimarios no se le atribuye el delito de tortura que en la jurisprudencia venezolana también tiene elementos condenatorios, pero en este apartado se concatena la responsabilidad del Estado y sin su mención se libera al gobierno de cualquier tipo de acusación.

El Estado debe tener su cuota de responsabilidad, por cuanto, el Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo estaba en manos de un organismo de inteligencia oficial y las leyes venezolanas garantizan el derecho a la vida que no fueron respetadas en los espacios de la Dgcim.