Tribunal colombiano falla a favor de los wayuu en pugna por apellido «matrilineal»

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El fallo garantiza el respeto a las normas y costumbres basadas en la designación de los apellidos de acuerdo con la línea matriarcal, en contraposición a la elección de los apellidos por sorteo como aún lo establece la Ley Aluna, aplicada en poblaciones indígenas de la frontera colombiana.

Un Tribunal de Colombia decidió a favor de los originarios wayuu residentes del Departamento de la Guajira colombiana en una pugna que exigía el uso del apellido materno como el primer apellido que deben usar los niños al ser presentados en el registro civil.

Después de esta fallo, la Registraduría Nacional del Estado Civil y a la Registraduría Municipal de Uribia están obligados a aplicarlo de forma inmediata, en un gesto de pleno respeto a las normas consuetudinarias del pueblo indígena wayuu y la filiación materna.

El tutela fue interpuesta por la comunicadora wayuú Nat Nat Iguarán y la abogada Estercilia Simanca Pushaina quienes argumentaron que el Estado colombiano vulneraba derechos originarios como los derechos fundamentales de petición, debido proceso, a la identidad indígena, a la identidad cultural y a la autonomía de estas comunidades de llevar un nombre y apellido de acuerdo a sus usos y costumbres.

A finales de junio, Nat Nat Iguarán, Estercilia Simanca Pushaina, entre otras mujeres wayuú, enviaron una exigencia al Jefe de Estado colombiano, Iván Duque, para que incluya un parágrafo en la Ley Aluna donde garanticen los mecanismos jurídicos para el registro de nombres y apellidos indígenas respetando el matriarcado.