Tribunales solo atenderán casos en materia de Amparo Constitucional

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La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se reunió este miércoles y decidió prorrogar “el plazo establecido en la Resolución 004-2020” que extiende el plazo estipulado según Resolución Nº 003-2020.

“En consecuencia, ningún tribunal despachará desde el 12 de junio hasta el 12 de julio del 2020, ambas fechas inclusive, en el marco de la pandemia por COVID-19”, se lee en un texto publicado por el órgano judicial.

Sin embargo, los funcionarios de los tribunales “tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia”.

Aunque el texto difundido por el TSJ no ofrece detalles sobre cómo laborarán, atinó a asegurar que a efectos de garantizar el servicio de administración de justicia “se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes”.

Lo que significa que varios casos serán descartados y solo aquellos que el tribunal considere “urgente” serán atendidos.

En otro párrafo señala que todos los tribunales se considerarán habilitados todos los días del periodo mencionado de inactividad (el 12 de junio hasta el 12 de julio del 2020, ambas fechas inclusive) solo para atender casos en materia de Amparo Constitucional.

El TSJ obliga a los jueces y juezas a actuar y sentenciar: “incluso en los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos”.