Comerciantes en Ciudad Guayana, en el estado Bolívar, se encuentran en incertidumbre tras el bloqueo del portal fiscal de la Superintendencia de Administración Tributaria del municipio Caroní que les impide declarar los impuestos por el impago en el servicio de aseo urbano.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la sentencia 0953, calificó la medida de la Superintendencia de Tributos como ilegal.
Dicha medida es el resultado de un recurso de amparo introducido el pasado 20 de enero en el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de Puerto Ordaz por un grupo de comerciantes en Bolívar.
Ellos argumentaron que Gobierno local les impone pagar las tarifas de aseo urbano, a cargo de la empresa privada Fospuca, que opera allí desde el año 2022, como requisito para declarar impuestos.
El TSJ ordenó a la Superintendencia de Tributos ofrecer información sobre la veracidad de la denuncia y remitir pruebas sobre la situación.
La empresa Fospuca ha demandado con solicitudes de embargo a a varios comercios en el municipio por falta de pagos.
Según cifras de Fedecámaras Bolívar, más de 400 empresas de Ciudad Guayana bajaron sus santamarías por no poder pagar las tarifas del servicio prestado por Fospuca en Caroni.
La notificación del Tribunal Supremo de Justicia reafirma la denuncia que han hecho ciudadanos quienes manifiestan que el bloqueo del portal es una medida coercitiva carente de validez legal.
Con información de Francesca Díaz | Radio Fe y Alegría Noticias
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