TSJ ratificó invalidez de la primaria

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Invalidez de la primaria
Foto: Runrunes

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la invalidez de la primaria del 22 de octubre al declarar sin lugar los alegatos presentador por excandidatos.

Mediante las sentencias 126 y 127 del seis de diciembre, la Sala Electoral declaró sin lugar las peticiones de medida cautelar presentadas por los excandidatos Cesar Pérez Vivas y Andrés Velázquez.

Según las sentencias publicadas en la web del TSJ, los jueces “DESESTIMARON todos los alegatos, al no aportar elementos suficientes para desvirtuar el amparo cautelar, además que intentó contrarrestar los fundamentos del recurso interpuesto contra el PROCESO ELECTORAL CONDUCIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE PRIMARIA, celebrado el 22 de octubre de 2023; lo cual es materia de fondo en la causa principal”.

¿Qué pedían los excandidatos al TSJ?

El pasado 23 de noviembre, César Pérez Vivas solicitó al TSJ una medida cautelar para que se suspendiera el juicio contra la primaria.

En ese momento, Pérez Vivas solícito:

  • 1- La Sala Electoral acepte su INCOMPETENCIA legal y constitucional para conocer los actos de la sociedad civil de naturaleza política. Por lo tanto se CIERRE EL PROCESO.
  • 2- Se declara la ILEGITIMIDAD del actor demandante, por cuanto no ha sido afectado en sus intereses legítimos. No se le ha negado ningún derecho al ciudadano José Brito, ya que tiene la posibilidad de presentarse como candidato en el 2024.
  • 3- Declarar la INVIABILIDAD de la suspensión de los efectos de la primaria, por cuanto su ejecución resulta imposible, ya que los efectos de la primaria ya han tenido lugar.
  • 4-Abstenerse de emitir pronunciamiento sobre una ilegal e inconstitucional inhabilitación política sobre María Corina como candidata en las elecciones previstas a tal efecto en el 2024, todo en garantía de los derechos constitucionales a elegir y ser elegido.

También, Vivas exigió ese día al Tribunal Supremo de Justicia que declare la ilegitimidad del demandante José Brito porque él no se vio afectado con la primaria.

Invalidez de la primaria

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró su competencia para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto por el diputado José Brito

El demandante calificó la primaria como unos “actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria”.

El 30 de octubre, el TSJ ordenó la suspensión de “los efectos de las distintas fases” de las elecciones primarias de la oposición en las que resultó electa María Corina Machado con 92 % de los votos el pasado 22 de octubre.

La medida ordena, además, a la Comisión de Primaria remitir los antecedentes administrativos de las fases del proceso electoral.

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