De acuerdo con el codirector de la organización Acceso a la Justicia, Alí Daniels, la ley de Extinción de Dominio podría utilizarse como una herramienta para la “persecución”.
En una entrevista que concedió al programa Háblame Bajito, que transmite Radio Fe y Alegría Noticias, Daniels comentó que el 16 de mayo se aprobó la Ley de Protección de Activos en el Exterior, donde se lee que cualquiera que haya “colaborado con el manejo de bienes fuera de Venezuela por organizaciones o entes que se adjudiquen la representación del Estado”, se le aplicará la Ley de Extinción de Dominio.
Además, consideró a la ley de Extinción de Dominio como “inconstitucional” porque vulnera el artículo 24 de la Constitución, el cual establece que ninguna norma puede tener carácter retroactivo; es decir, no se puede afectar un derecho que la persona adquirió.
“La ley de Extinción de Dominio dice que se puede aplicar a hechos previos a su entrada en vigencia. Eso es sumamente peligroso porque a partir de allí cualquier persona que haya tenido una acción que el gobierno no le guste pueden decir: ‘usted en el año 2005 hizo o dijo tal cosa y ahora es que yo le voy a quitar sus bienes’. Es sumamente peligroso y retroactivo y a partir de allí ya es inconstitucional, porque las leyes penales solamente tienen efecto a partir del momento en que entra en vigencia”, explicó Daniels.
En ese sentido, destacó que las leyes solo pueden ser retroactivas cuando beneficien al reo, no las que lo perjudique. Agregó que ahí se tiene un elemento importante que hace cuestionar si dicha ley se hizo con las intenciones de Naciones Unidas “de buena fe”, o si en realidad es un mecanismo de persecución.
“Las cosas son las que su dueño quiere que sean”
Aclaró que la ley de Extinción de Dominio es una iniciativa de Naciones Unidas para que los Estados recuperen los bienes adquiridos que tengan su origen en actividades ilícitas o delincuenciales.
“Un cuchillo puede utilizarse para labores domésticas, pero también para usos indebidos, incluso delictivos. Lo que quiero decir es que las cosas son lo que su dueño quiere que sean, estas no son malas per se”,expuso el codirector de Acceso a la Justicia.
“En Venezuela al no haber estado de derecho, donde no hay jueces imparciales e independientes, donde la justicia obedece y no juzga, esta puede ser una herramienta de persecución”, insistió.
Extinción de Dominio en la Constitución
Por otro lado, explicó que la Constitución venezolana señala cuáles son las maneras para extinguir la propiedad: la primera es la expropiación y la otra la confiscación; esta última viene derivada de un delito.
“El tema es que esto no es una confiscación, porque justamente proviene de una acción penal; es decir, un juez tiene que declarar a alguien culpable y luego con esa declaratoria de culpabilidad el Estado pasa a ser dueño de esos bienes. Pero esta ley prescinde de la parte penal y es un juicio fundamentalmente civil”, comentó.
Escuche la entrevista a continuación:
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