Ausencia del alcalde de Machiques no debe ser autorizada

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Foto: Archivo.

La ausencia del alcalde de Machiques de Perijá, Vidal Prieto, está dentro de la legalidad y no es necesaria la autorización del Concejo Municipal. Según afirmó el Síndico Procurador del Municipio, Leonardo Villalobos, esta no supera los 15 días continuos.

Villalobos informó que el máximo poder político de Machiques “en ningún momento ha estado acéfalo”. Detalló que la solicitud hecha por Prieto data del día 25 de enero y tiene vigencia entre el 27 de enero y el 10 de febrero.

A través de redes sociales, circuló una información sobre los puntos a tratar en sesión de la cámara municipal correspondiente a este viernes. Esta venía acompañada de un mensaje que instaba a otros concejales a no aprobar la ausencia alegando que dicha solicitud “se realiza antes de salir del país, por lo tanto, es extemporánea”.

El síndico informó sobre la resolución 061 en la que se designó a la directora del despacho del organismo, Annelys Peña, de manera temporal.

“Está legalmente permitida su ausencia y no debe solicitarle permiso (a la cámara) para ausentarse del cargo”, puntualizó. Además, según el funcionario, la normativa vigente no establece límites geográficos para la separación temporal del cargo.

Sin embargo, considera que no se debe descartar que se discuta en alguna sesión del Concejo Municipal por parte de fracciones contrarias a Prieto.

¿Qué dice la Ley sobre las ausencias de los alcaldes?

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal indica que las ausencias del alcalde no requieren autorización, salvo que duren más de 15 días.

Además, en su artículo 87 establece que esta debe ser suplida “por el funcionario de alto nivel de dirección, que él mismo o ella misma designe”.

El síndico procurador señaló que la ausencia de Vidal Prieto está motivada a que se someterá a exámenes médicos y asuntos inherentes a su gestión.