El pasado martes 18 de julio, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, y la remitió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico, instancia que acaba de declararla totalmente válida.
Entre las bondades de esta ley destacan las rebajas, de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.
En este contexto el abogado especialista en derecho tributario, Juan Carlos Castillo, explicó en entrevista en el programa En Este País de Radio Fe y Alegría Noticias, que el Estado pretende evitar que en el ejercicio de este poder tributario afecte a los contribuyentes con “trabas burocráticas”.
“Se busca que sea menos discrecional y más racional el ejercicio del poder tributario del Estado y los Municipios”, dijo.
Esta nueva ley establece una nueva alícuota impositiva que pueden cobrar los municipios con motivo de los impuestos municipales a las actividades económicas.
En el texto se establece que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica industrial, comercial, servicio o de índole similar no podrá ser superior a un 3 % de los ingresos brutos obtenidos.
“Sin embargo, para unas actividades especificas como las que se prestan a la industria petrolera, restaurantes, expendio de bebidas alcohólicas entre otras puede llegar hasta un 6,5 %”, dijo el experto.
Agrega que también se establece unos límites en algunas tasas que cobran los municipios por determinada actividad, y citó por ejemplo, el otorgamiento por de actividades económicas, permiso por expedición de licores, entre otro.
Asimismo aclaró que las multas que apliquen los estados y municipios no pueden ser superiores a las que establece el Código Orgánico Tributario.
Resaltó además que el nuevo instrumento jurídico establece que el Consejo Superior de Armonización Tributaria estará integrado por la ministra o ministro del Poder Popular con competencia en materia de economía y finanzas, quien lo presidirá; asimismo, por la máxima autoridad del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, tres gobernadores y tres alcaldes.
“A m criterio esta nueva ley tendrá importante efecto en materia económica y tributaria”, expresó Juan Carlos Castillo.
Municipios recibirán menos ingresos por impuestos
A juicio del experto en derecho tributario los municipios van a recibir menos ingresos porque puede haber una disminución en la alícuota que cobran por concepto de impuestos municipales a actividades económicas, sin embargo “es una visión parcial y sesgada”.
“Esta nueva ley trata de poner orden en lo que se había convertido en un verdadero caos en la tributación municipal”, dijo.
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