Lo que queda pendiente por resolver en el estatuto para los venezolanos

37
Referencial

Como un hecho histórico ha sido calificado el anuncio del presidente colombiano Iván Duque de regularizar a casi 2 millones de venezolanos que habitan en Colombia.

Pero la buena noticia debe cumplir con varios procedimientos antes de convertirse en una realidad completa.

La medida que plantea Duque todavía no es un decreto. Ahora se abre un proceso de consulta ciudadana, de conformidad con la normativa colombiana.

La investigadora asociada al Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, Ligia Bolívar, precisa que es en ese espacio de consulta y en la construcción de la resolución donde se requerirá el mayor esfuerzo de las organizaciones de la sociedad civil para asegurar que el enfoque de protección prevalezca frente al enfoque migratorio.

Por otro lado, la también coordinadora de la plataforma Alerta Venezuela, que trabaja en Colombia, advierte sobre varios puntos que tienen que resolverse para que el Estatuto adquiera mayor transparencia.

Bolívar plantea que es necesario que se despejen dudas como la de que abarca a solicitantes de refugio, pero no puede significar canje o renuncia a la solicitud de condición de refugio.

Es decir, no por el hecho de que la persona sea beneficiaria de los alcances de la nueva figura deba renunciar a su derecho de solicitar la condición de refugiado.

Otra de las interrogantes a responder, según el equipo del CDH de la UCAB, es ¿cómo se evaluará la idoneidad de la prueba para quienes hayan entrado al 31 de enero de 2021?.

Dicho de otro modo, lo que Bolívar apunta es cuáles serán los criterios y los procedimientos que se utilizarán para determinar si una persona entró a Colombia hasta el 31 de enero y no después.

Igualmente, es importante resaltar que la forma en que se implementará queda pendiente de una resolución de Migración Colombia, que hasta ahora ha tenido enfoque migratorio y no de protección.

De hecho, para este martes 9 de febrero se tiene previsto que el Director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, para aclarar estas y otras dudas.

Uno de los puntos que ya tuvo aclaratoria es el relacionado a que el nuevo permiso le permitirá a los migrantes sumar tiempo para la Visa de Residente, para que durante la vigencia del Estatuto, puedan hacer el tránsito del PPT a una visa de residente, lo que significa que la nueva medida no es una visa.

También se aclara que hasta tanto los migrantes no tengan visa de residente no podrán votar en ningún proceso eleccionario de Colombia, ya que una de las primeras confusiones que se generó es que si con el nuevo Estatuto ya se podía participar como extranjero en elecciones.

Un gran paso positivo

Al final, la activista de derechos humanos destaca que este gran paso. Certificó que durante años el CDH UCAB ha insistido en la necesidad de adoptar medidas para la población venezolana duraderas y con enfoque de protección.

También le sumó otras cualidades ventajosas al ETPV de Duque, entre ellas,

• Es un gran esfuerzo de regularización que abarca a todos los que no tienen una visa, sea que estén en condición regular o irregular, incluyendo solicitantes de refugio
• Tiene enfoque de protección, como mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que no existía en Colombia
• Duración 10 años, supone visión de largo plazo que toma en cuenta que lo de Venezuela no se resuelve a corto o mediano plazo, aunque haya un cambio de gobierno mañana, debido al fuerte deterioro en el contexto de la emergencia humanitaria.

file:///C:/Users/fya25/Downloads/1761.pdf