La Asamblea Nacional inició este lunes 5 de febrero un proceso de consulta para sugerir el cronograma electoral del año 2024 que implica unas elecciones presidenciales. Al encuentro para debatir este asunto asistieron 29 representantes de organizaciones políticas y 9 precandidatos.

El presidente del parlamento nacional, Jorge Rodríguez, dijo que la sociedad civil solo puede hacer sugerencias de fechas. Aclaró que el organismo que sí cuenta con una potestad absoluta sobre este asunto es el Consejo Nacional Electoral (CNE). La propuesta estaría lista en un lapso no mayor de 72 horas, es decir, el viernes 9 de febrero.

El órgano legislativo venezolano de mayoría oficialista también convocó al «pueblo», refiriéndose a dirigentes políticos opositores pero que de alguna manera guardan simpatía aparente con el «proceso revolucionario».

Entre las personalidades más llamativas que asisten a la reunión destacan Antonio Ecarri, de Alianza Lápiz; José Brito, de Primero Venezuela; Claudio Fermín, de Soluciones para Venezuela; Bernabé Gutiérrez, de AD judicializada; Gustavo Duque, alcalde de Chacao y dirigente de Fuerza Vecinal; Timoteo Zambrano, de Cambiemos; Javier Bertucci, de El Cambio; Daniel Ceballos, de Voluntad Popular intervenido; Leocenis García, de Prociudadanos; Luis Ratti y Juan Barreto, de Redes y supuestamente en representación del independiente Benjamín Rausseo.

De acuerdo con lo que hasta ahora se ha podido conocer, una vez elaborada la propuesta del cronograma electoral con factores de una parte de la oposición venezolana, algunos representantes de la llamada sociedad civil y factores políticos del gobierno, el documento será entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE).

En esta reunión convocada por Rodríguez la semana pasada no participó la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), el principal bloque opositor que apoya las aspiraciones de María Corina Machado para inscribirse como candidata.

La coalición denunció que esta iniciativa viola lo acordado en la mesa de negociaciones de Barbados y reflejaría la intención del Ejecutivo nacional de “distorsionar” las garantías acordadas para lograr unas elecciones libres, transparentes y justas

El gobierno y la oposición suscribieron en octubre pasado un acuerdo para que las elecciones se celebraran en el segundo semestre del año con observación de la Unión Europea.

El CNE es el único ente encargado de organizar elecciones en Venezuela

Vale recordar, aunque en un contexto particular de las Primarias de un sector de la oposición de octubre de 2023, el directorio del Consejo Nacional Electoral emitió un comunicado 20 días antes de la consulta en el cual asentaba que qes el Poder Electoral, de acuerdo a la Constitución nacional y a la Ley Orgánica del Poder Electoral, el único que tiene la competencia exclusiva de “organizar elecciones, suministrando apoyo técnico y logístico, gremios profesionales, sindicatos, organizaciones con fines políticos; así como a los consejos comunales, comunas y demás organizaciones sociales que así lo soliciten”.

Esta posición oficial del órgano rector también de procesos electorales municipales, estadales y nacionales, según las disposiciones y facultades previstas en las leyes venezolanas, con el fin de garantizar el derecho a elegir, fue en respuesta a la negativa de la Comisión Nacional de Primaria de no cambiar la fecha del evento para el 19 de noviembre, tal cual como lo había sugerido el CNE el 28 de setiembre, al responder una solicitud de asistencia y acompañamiento de las Primarias.

¿Qué dice la Constitución nacional sobre los procesos electorales?

El artículo 293 de la Constitución establece que el Consejo Nacional Electoral tiene varias funciones como:

  • Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.
  • Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente.
  • Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.
  • Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.
  • La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.


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