TSJ suspende ordenanza de impuesto en Maracaibo

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El Tribunal Supremo de Justicia suspendió los efectos de una ordenanza que establecía un nuevo impuesto para la actividad comercial y empresarial en Maracaibo.

El lunes 12 de agosto, la Sala Constitucional del máximo Tribunal, comandada por el magistrado Juan José Mendoza Jover, admitió un recurso de nulidad impuesto por el Banco Provincial y ordenó la suspensión de los efectos de la Ordenanza de Actividades Económicas de Industria, Comercio y Servicios que el Concejo Municipal de Maracaibo aprobó el 28 de diciembre de 2018.

El exconcejal de Maracaibo, Eduardo Vale, dijo a Radio Fe y Alegría Noticias que la decisión tomada por el Tribunal insta a mantener vigente la Ordenanza de Actividades Económicas Empresariales Industriales del municipio Maracaibo, aprobada el 23 de diciembre de 2016.

“Esto no es una sentencia firme, esto es en estos momentos, una medida cautelar que se hace para proteger a los empresarios de Maracaibo”, indicó.

Vale, quien formó parte del Concejo Municipal de Maracaibo, destacó que cuando tuvo acceso a la propuesta de ordenanza del actual Concejo, inmediatamente dijo “que era totalmente inconstitucional e ilegal” por varios de los artículos que estaban establecidos.

Explicó que la ordenanza tenía  “cobros excesivos” que debían ser pagadas en Petro:

“No se puede cobrar un impuesto en base al Petro, porque el Petro no es una medida que está establecida en nuestra constitución y en nuestra ley”. Además señaló que la multas “se cobran 10 veces más de lo que se paga en impuesto”.

Por último, instó a los empresarios a enviar una carta al Sedemat para que les aclare su situación, en caso de haber pagado alguna sanción establecida bajo esa ordenanza.