CIDH celebra Estatuto de Protección Temporal para venezolanos

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El presidente de Colombia, Iván Duque, anunció que su gobierno aprobó el “Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos”, este 8 de febrero.

Esta decisión ha sido vista con buenos ojos por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y ha instado a los Estados «brindar protección efectiva a personas con necesidades de protección, garantizando acceso a derechos y servicios esenciales, con apego a las Res. 2/18, 1/20 y 4/20 y a los Principios Interamericanos sobre migración y asilo».

El instrumento permitirá que el estatus de los venezolanos que han huido de la crisis humanitaria en su país puedan asumir un estatus legal en la nación cafetera.

Técnicamente, la medida permitirá que los venezolanos puedan modificar su estatus de protección, incluso aquellos que se encuentran en situación irregular en términos de legalidad y que hayan entrado a Colombia antes del 31 de enero de 2021.

Luego del cambio de régimen, los venezolanos podrán cambiar su estatus legal y tener oportunidad de solicitar visas de residentes, con todas la ventajas que implica esta nueva figura. 

Sin embargo, desde que entre en gaceta oficial colombiana el decreto del Estatuto Temporal ya podrán también gozar de algunos beneficios de las políticas públicas del país e incluso ser contratados para desempeñar algún oficio por la ley del trabajo.

De acuerdo con algunas condiciones que se aplicarán, el “Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos», aplica solo a aquellos venezolanos que ingresaron a Colombia antes del 31 de enero de 2021.

El instrumento ha dejado algunos vacíos, pero ha sido paso positivo y significativo a favor de los derechos humanos y los migrantes venezolanos que han ingresado a Colombia.