Pedro Castillo recula: deja sin efecto toque de queda

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Pedro Castillo
Foto: AFP

Después de casi dos horas de reunión con la Junta de Portavoces del Congreso, el presidente de la República del Perú, Pedro Castillo, anunció que dejará sin efecto el toque de queda en Lima y Callao, medida que ordenó este lunes 4 de abril por la noche tras las protestas de los transportistas en la capital.

Antes de ese anunció, Castillo señaló que los peruanos tienen derecho a manifestarse, pero cree que no se deben aprovechar en realizar “actitudes que van más allá del derecho constitucional como el bloqueo de carreteras, apropiar contra la propiedad privada de las instituciones públicas y privadas”.

Vale destacar que Castillo acudió la tarde de este martes 5 de abril al Congreso de la República para reunirse con la Mesa Directiva encabezada por la opositora María del Carmen Alva.

El objetivo era lograr medidas conjuntas para atender la crisis que está afrontando el país.

Medios de comunicación televisaron una alocución del presidente antes de ingresar al Congreso de la República, en donde aseguró: “Vamos a escuchar al Congreso y vamos a decirle qué estamos haciendo en esta coyuntura por esta situación de la pandemia y que se ha agravado por la guerra que tenemos en el marco de Rusia y Ucrania”.

La cita entre el Gobierno y el Poder Legislativo se dio en medio de una orden de inmovilización social obligatoria que dispuso el Ejecutivo desde las 2 a.m. hasta las 11:59 p.m. de este martes 5 de abril, la cual ahora quedó derogada.

La medida fue tomada tras una dura jornada de protestas en varias ciudades del Perú por el paro de transportistas.

Horas antes de este nuevo anuncio presidencial la Corte Superior de Justicia de Lima había admitido la demanda de hábeas corpus que presentó el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez.

Gutiérrez dijo que la medida de inmovilización social dictada por el Poder Ejecutivo es una norma desproporcionada y con falta de razonabilidad.

“Cuando se dan este tipo de medidas debe haber una compaginación entre las limitaciones de los derechos que se restringen y los motivos. Este Decreto Supremo carece de todo recaudo que la sustente”, señaló el funcionario.