Sindicalista afirma que salario mínimo pasó de 30 a 15 dólares

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El ingeniero y dirigente sindical Froilán Barrios expresó que tras el alza del dólar y la devaluación del bolívar en las últimas tres semanas, el salario mínimo en Venezuela pasó de 30 a 15 dólares.

La afirmación la hizo el sindicalista durante una entrevista a través de  Radio Fe y Alegría Noticias, en donde señaló que agosto cerró en números rojos.

Agosto ha sido hasta ahora el  mes del 2022 con la más alta inflación, sobrepasa el 16%, esto socava y erosiona más el salario de los trabajadores”, apuntó.

“Esta situación empobrece mucho más al venezolano”, Barrios recordó que en marzo pasado el salario se ubicó en 30 dólares. “Sin embargo con la devaluación del bolívar en estas últimas tres semanas, esos 30 dólares ya equivalen a aproximadamente 15 dólares”, destacó.

El gremialista dijo que con esta situación el trabajador venezolano tiene un ingreso de medio dólar diario, lo que se traduce en que el salario mínimo en Venezuela es el más bajo del mundo.

Barrios cuestionó el trato que tiene el gobierno nacional con los trabajadores de la administración pública.    

Rechazo a decisiones del TSJ  

El dirigente sindical dijo que de nuevo el Poder Judicial del país se colocó en posición contraria a los intereses de los trabajadores venezolanos.

Esto, luego que la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificara la “inexistencia” del llamado “Instructivo Onapre”.

Sin embargo, los miles de trabajadores del sector público pueden demostrar lo contrario con el reporte de ingresos que registran sus sobres de pagos.

“Para desenmascarar esta medida, varios gremios, entre ellos, el universitario, introdujo la solicitud de la  derogación de ese instructivo, sin embargo, la respuesta: amenaza con multar y hasta apresar a quienes sigan insistiendo sobre el tema de la derogación”, dijo.

Vale recordar, que los dos recursos que interpusieron, uno corresponde a la Universidad de los Andes (ULA), y el otro las universidades Central de Venezuela (UCV), Universidad de Oriente (UDO), Universidad Nacional Experimental Antonio José de Sucre (Unexpo), Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) y a la que luego se adhirieron trabajadores de la Universidad de Carabobo. Sus demandantes fueron multados por el máximo tribunal.   

Entre los argumentos y de acuerdo con las sentencias Nro. 446 y Nro. 447  del TSJ se establece que las partes actuantes incumplieron los extremos de ley, al no acompañar el libelo con original o copia del presunto “acto administrativo” como documento fundamental de toda demanda, entre otras deficiencias.