Ligia Bolívar, investigadora asociada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDHUCAB) y responsable del área de derechos de migrantes y refugiados, calificó como una restricción ilegal, inconstitucional y arbitraria la medida que prohíbe a los venezolanos con el pasaporte vencido ingresar al país por vía aérea.
“A ningún ciudadano se le puede impedir regresar a su propio país. Una cosa es que tú tengas los documentos vencidos y otra cosa es que se te impida el regreso”, declaró Bolívar este martes en el programa De Primera Mano de Radio Fe y Alegría Noticias.
Sin acceso a servicios consulares
El comunicado de la aerolínea Latam Airlines precisó que quienes no cuenten con su pasaporte vigente deberán solicitar un documento de viaje ante un consulado o embajada venezolana acreditada en el exterior y registrarlo con al menos 72 horas antes del embarque.
Bolívar recordó que Venezuela recientemente rompió relaciones con siete países de América Latina, lo que llevó al cierre de los servicios consulares en esas naciones. “¿Cómo le pides tú a una persona que saque un documento o un permiso especial en un consulado que no existe?”, cuestionó.
Agregó que, aunque el gobierno presuntamente creará un servicio en línea para gestionar estos documentos, aún no está disponible. “Tú creas la traba sin haber creado todavía la opción alternativa para estas personas”, criticó.
#Noticia | Latam Airlines confirmó que Venezuela dispuso nuevas medidas para viajar a ese país. Los venezolanos deben tener su pasaporte vigente y, de estar vencido, se deberá solicitar un documento de viaje ante el consulado o embajada acreditada en el exterior. pic.twitter.com/wRPmMnfPAi
— RCN Radio (@rcnradio) September 27, 2024
Implicaciones
La entrevista advirtió que esta medida afecta a miles de venezolanos en el exterior y que además tiene implicaciones económicas, ya que el salvoconducto tiene un costo de $60 dólares o euros por concepto de arancel consular (los menores de edad están exentos del pago), según reseñaron medios locales.
Bolívar también mencionó que, aunque ha mejorado ligeramente la obtención de pasaportes en los últimos años, el problema sigue siendo el costo elevado y la necesidad de que muchas personas regresen a Venezuela para renovar su documento.
Explicó que el sistema de obtención de pasaportes está vinculado a los movimientos migratorios. “Si tú saliste de Venezuela por una vía no regular y no sellaste la salida del país porque no tenías el documento, oficialmente tú estás dentro de Venezuela todavía, porque no tienes un sello de salida, no hay un movimiento migratorio que te ubique fuera del país”, precisó.
Esto complica el proceso de renovación o prórroga, ya que al intentar tramitar el pasaporte desde el extranjero, el sistema los ubica aún dentro de Venezuela, lo que les obliga a realizar el trámite desde el país.
Solidaridad de otros gobiernos
En contraste, Bolívar explicó que varios gobiernos han reconocido la validez de los pasaportes venezolanos hasta por 10 años después de su vencimiento, con el fin de evitar que las personas queden en situación de irregularidad.
Aunque no en todos los casos el reconocimiento es por dicho periodo, sí existe un esfuerzo por prolongar la vigencia de los pasaportes para facilitar los procesos migratorios.
Cumplir con la Constitución
Señaló que la exigencia es que no se aplique esta medida ley y se cumpla con la Constitución.
“En un país donde este se viola permanentemente el Estado de derecho y el gobierno hace un uso arbitrario de su poder, es muy poco lo que pueden hacer los venezolanos para este superar este tipo de obstáculos”, lamentó.
El salvoconducto o documento de viaje provisional es un permiso especial emitido por los consulados venezolanos en situaciones de emergencia o cuando no es posible renovar el pasaporte a tiempo y permite a los venezolanos viajar únicamente de regreso a su país, con una validez generalmente limitada a un solo viaje.
El artículo 50 de la Constitución establece que: “Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas”.
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