¿Se pueden suspender los efectos de la primaria?

Abogados reaccionan a la sentencia del TSJ y coinciden en que los efectos de un hecho consumado no se puede suspender.

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Primaria
Foto: Archivo web

La primaria de la oposición sigue generando reacciones en el gobierno y en las instancias del Estado. Esta vez, el Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 122 decidió la suspensión “de todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias”.

Esta decisión de suspender los efectos de la primaria generó la reacción de diversos especialistas en derecho. La mayoría coincide en que no se pueden suspender los efectos de un hecho.

El abogado Ramón Escovar León calificó de inútil la sentencia de la Sala Electoral del TSJ porque “los efectos son de orden político y se produjeron por la movilización espontánea de 2.5 millones de personas”.

Por otra parte, el abogado y profesor de derecho Allan Brewer Carias coincide en que la elección de María Corina Machado el domingo 22 de octubre es un hecho político ya cumplido. Asegura que “no es suspendible”.

Entre tanto, el profesor de derecho de la Universidad Católica Andrés Bello, la Monteávila y del IESA, Juan Manuel Rafalli cree que “los efectos demoledores de hechos políticos consumados, ni se suspenden ni se anulan jurídicamente”.

El abogado y director de la organización Acceso a la Justicia, Alí Daniels publicó sobre la decisión del Tribunal Supremo que “no se pueden suspender los efectos de un hecho ya consumado, es decir, de las primarias”.

¿Legitima la primaria esta sentencia del TSJ?

El economista y presidente de Datanalisis, Luis Vicente León, considera que la sentencia 122 del TSJ, respecto a la primaria donde sale electa María Corina Machado es errada, porque “amplifica su potencia nacional y refuerza su rechazo internacional”.

León cree que el gobierno “se arrepintió de haber permitido ese evento (la primaria) por vía de las negociaciones”.

¿La sentencia sobre primaria va en contra de los acuerdos de Barbados?

La presidenta de la Oficina de Washington para América Latina Wola, (organización que investiga y promueve Derechos Humanos), Carolina Jiménez cree que la sentencia del TSJ atenta contra los acuerdos de Barbados. Especialmente el punto 1 que dice:

“las partes reconocen y respetan el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato para las elecciones presidenciales de manera libre y conforme a sus mecanismos internos, atendiendo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.”

La abogada cree que firmar un acuerdo implica cumplir con su espíritu y letra.

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