Congreso Peruano aprueba el retiro de pensiones ante la crisis por la pandemia

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La SBS estima que con las medidas aprobadas el año pasado más de 2,2 millones de afiliados han dejado sus cuentas previsionales en cero. Foto: Archivo

Este 6 de mayo, con una amplia mayoría, el Congreso de Perú aprobó el proyecto de ley que permite a los afiliados de fondos privados de pensiones (AFP) retirar hasta 4.575 dólares de sus aportes a jubilación, para enfrentar la crisis económica causada por la pandemia.

La medida fue autorizada con algunos cambios con relación al plan inicial y después de que, en abril, el presidente la devolviera al Legislativo para su revisión porque la consideraba “inconstitucional”. Las AFP rechazan la decisión.

Con 109 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, el Congreso peruano aprobó el retiro anticipado de fondos de pensiones por parte de los usuarios para afrontar la crisis económica causada por la pandemia.

Una de las peticiones del Ejecutivo fue que este dinero solo fuera entregado a quienes se encontraran desempleados al menos por tres meses. Pero esa solicitud finalmente fue rechazada por el Legislativo.

«No debe ser solo para quienes se hayan quedado sin empleo, sino que debe ser facultativo a todos los aportantes de las AFP dado que la pandemia ha afectado a todos los afiliados de manera directa o indirecta», defendió Anthony Novoa, presidente de la Comisión de Economía del Congreso.

La iniciativa de ley ya había sido aprobada por el Congreso desde marzo. Sin embargo, el presidente, Francisco Sagasti, la devolvió al cuerpo legislativo para su revisión, ya que la consideró “inconstitucional”.

«Vulnera el derecho a la seguridad social y el sistema privado de pensiones, en tanto la misma vacía de contenido las protecciones que dicho derecho prescribe, lo cual conlleva a su inconstitucionalidad», justificó entonces Sagasti.

Ahora, la ley queda pendiente de promulgación por insistencia del Congreso. Luego, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene un plazo máximo de 15 días para determinar el proceso en que empezará a regir.

Fuente: EFE, El comercio